miércoles, 10 de septiembre de 2008

NACIONES UNIDAS

NACIONES UNIDAS

1. La Carta de las Naciones Unidas y las Competencias de la ONU
Naciones Unidas es el intento más perfecto de crear una organización internacional capaz de vertebrar y armonizar toda la sociedad internacional para conseguir determinados fines: mantenimiento de la paz y seguridad internacional.
Hubo un primer ensayo de dar forma ó estructura a la Comunidad Internacional, anterior a la ONU, que fue la Sociedad de Naciones, cuyos fines fueron generales y de vocación universal (tenía su cargo preservar la paz internacional).
Estuvo activa durante el periodo entreguerras (1919-1939), pero resultó un proyecto fracasado por no conseguir evitar el desencadenamiento de una Segunda Guerra Mundial; mucho más cruel e inhumana y con un mayor número de víctimas.
En otro plano, la crisis del Estado liberal que motivó la aparición de movimientos de signo totalitario de marcado carácter fascista en Italia y Alemania, supusieron una quiebra total de la sociedad internacional. Y para colmo, la crisis del 30 que vino a significar la experiencia económica más desastrosa de todos los tiempos.
En la práctica, la Sociedad de Naciones no pudo abarcar la totalidad de países de la Tierra. Este objetivo de alcanzar la universalidad no lo consiguió debido primordialmente al desmarcarse países tan importantes como Estados Unidos, Alemania, Japón y la URSS por agredir a Finlandia.
Todo esto debilitó la fuerza y la ya de por sí mermada credibilidad de la Sociedad de Naciones.
La ONU comienza a germinarse desde de la 2ª Guerra Mundial; surgió en las aguas del Atlántico entre Churchill y Roosvelt adoptando la "Carta del Atlántico" en 1941 (EE.UU. y Reino Unido). Esto sólo era un acuerdo entre Estados Aliados frente al fascismo europeo.Esta Carta decía que para cuando acabara la 2ª Guerra Mundial todos los Estados de la Tierra se comprometerían a renunciar al uso de la fuerza armada; antes de la 2ª Guerra Mundial el uso de la fuerza era aceptado, a partir de Naciones Unidas estará prohibido.
A esta Carta del Atlántico se adhirieron algunos Estados aliados que fueron perfilando esta idea hasta el año 1945.
En junio de ese año, se convocó en San Francisco (EE.UU.) una conferencia internacional entre los 51 Estados de la Carta del Atlántico que adoptaron la "Carta de San Francisco", tratado constitutivo de Naciones Unidas. El mismo entró en vigor el 24 de Octubre de 1945, creando la ONU con sede central en Nueva York.
La Carta de San Francisco es producto de las potencias vencedoras de la Segunda Guerra Mundial (EE.UU. Francia, Reino Unido, URSS y China), y nace con la idea de evitar en el futuro nuevas guerras mundiales (factor que hoy ha quedado superado).No está pensada para dilucidar controversias entre los países fundadores, sino para solucionar conflictos entre terceros países. Contiene además, el Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, uno de los órganos más importantes de Naciones Unidas.
A partir de la 2ª Guerra Mundial surgió la "guerra fría", que supuso el bloqueo del Consejo de Seguridad, por lo cual la Carta quedó parcialmente obsoleta. Con ella se trataba de controlar a las potencias derrotadas, pero Alemania y Japón se pusieron a favor del bloque occidental.
· Naciones Unidas no es un "super Estado".
Algunos autores y pensadores han llegado a decir que la Carta de San Francisco es una "Constitución" para todos los habitantes de la Tierra. Y en este sentido tiene una doble dimensión:
· es el tratado constitutivo de una organización internacional, como es la ONU.
— posee rasgos muy especiales, que son los que vamos a analizar a continuación.
2. Caracteres especiales
1. Naciones Unidas es la única organización internacional que tiene una clara vocación universal y fines generales.
2. Su fin primordial es el mantenimiento de paz y seguridad internacional a través de una serie de medidas: Consejo de Seguridad.
3. Art. 2.6 establece que "los Estados NO miembros de la ONU están obligados a respetar las disposiciones de la Carta de San Francisco relativas al mantenimiento de paz y seguridad internacional". Esto no lo hace ningún tratado internacional, ya que estos sólo obligan a los Estados miembros de la organización internacional.
Algo tan importante no puede quedar a la libre determinación de los Estados, inspirado en el contexto histórico en que se creó la O.N.U., pues el mismo preámbulo de la Carta así lo expresa: "Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la Humanidad sufrimientos indecibles,...."
El Art. 103 dice "en caso de conflicto entre una disposición de la Carta y una disposición de un tratado internacional cualquiera, siempre prevalecerán las disposiciones de la Carta de San Francisco". Es decir, se atribuye rango superior ante cualquier otro tratado anterior ó posterior a 1945.
Se puede llegar a decir, que la Carta de San Francisco configura los principios generales del Derecho Internacional Público, no son meramente las disposiciones de un tratado internacional u organización.
3. Algunas reformas necesarias
El procedimiento de reforma de la Carta es rígido; es necesaria la unanimidad de los cinco Estados fundadores (sin ellos no se puede reformar ninguna disposición). Hay reformas "pendientes", como por ejemplo, a nivel de estructura orgánica.
La plataforma anterior de los países en desarrollo no exponía un punto de vista sobre la reforma de la ONU y otros organismos internacionales, ni presentaba propuestas específicas sobre el tema. No obstante, ante los cambios del ámbito internacional, el tema de la reforma de las instituciones ha cobrado nueva importancia. Es actualmente el tema central de opiniones y propuestas emergentes de países desarrollados y de grupos independientes.
Toda propuesta realizada por países en vías de desarrollo que guarde relación con la organización y la reforma de los procesos multilaterales debe reflejar una sola idea muy trascendente, y es que, en gran medida, la fuerza de los países en desarrollo en foros internacionales deriva de su cantidad; cantidad que refleja a los estados nacionales y poblaciones que forman la comunidad global. La ONU fue establecida sobre la base de la igualdad de los estados nacionales, igualdad reflejada en el principio de "un país, un voto". Es este factor, y de ahí su carácter universal, el que ha hecho de la ONU un foro en el cual los países en desarrollo tienen una importante presencia. Este factor es también el que ha permitido que los países en desarrollo se nucleen en el Movimiento de Países No Alineados y en el Grupo de los 77 y adopten posiciones comunes en una variedad de asuntos.
Se deduce de ello que las reformas que resten valor a los poderes y funciones de los órganos con integración universal o los transfieran a otras entidades menos representativas tenderán a debilitar la influencia y el impacto de los países en desarrollo y de su organización: el Grupo de los 77. Esto es especialmente cierto en lo que atañe a cambios que fortalecieran la función del Consejo de Seguridad que cuenta con tan pocos integrantes en comparación con la Asamblea General. Una cantidad de propuestas de reforma realizadas recientemente tratan de establecer nuevas entidades de la ONU de muy restringida integración: entidades como un Consejo de Seguridad Económica o un Consejo Económico y un Consejo Social, etc. Su objetivo sería sustituir los órganos existentes y más universales, los cuales quedarían sin efecto. El fin de esas propuestas es supuestamente mejorar la eficiencia y vigencia de la ONU en los ámbitos económico y social. Pero cualesquiera sean las perspectivas que se tengan de alcanzar ese fin con los cambios propuestos, tendrían como consecuencia la creación de órganos con una presencia marcadamente reducida de los países en desarrollo.
Es verdad que las grandes asambleas no son los mejores instrumentos para negociar acuerdos complejos y detallados. Sin embargo, en la práctica, los acuerdos podrían ser, y lo han sido, efectuados mediante negociaciones representativas realizadas en grupos de trabajo creados en el momento oportuno por las corporaciones más numerosas. Esta ha sido la experiencia en el pasado y ha dado buenos frutos cuando los factores políticos y afines contribuyeron para ello.
También sería necesario hacer una reforma importante para resolver el problema financiero: habrá que crear instrumentos para obligar a los Estados a aportar dinero anualmente a la ONU (hay países, como EE.UU., que no pagan).
También se hace necesario reformar las palabras "estados enemigos", referidas de países Alemania y Japón; puesto que hoy en día son unos de los que más dinero aportan a la ONU.
4. Competencias de la O.N.U.
Tiene competencias generales, pudiendo tratar cualquier materia que tenga un mínimo de contenido internacional.
El párrafo anterior está limitado por el artículo 2.7 de la Carta de San Francisco "no puede intervenir en asuntos propios de la jurisdicción interna de los Estados"; pero incluso este único límite se ha visto difuminado puesto que la propia Carta prevé y estipula que podrá intervenir siempre que haya una amenaza para la paz. Las competencias generales, principales son las siguientes:
1. Mantenimiento de la paz y seguridad internacional.
2. Fomento de las relaciones amistosas entre los pueblos.
3. Fomento del arreglo pacífico de las controversias internacionales.
4. Protección de los derechos humanos.
5. Cooperación al desarrollo (aliviar la pobreza del tercer mundo).
Naciones Unidas tiene una regulación de las competencias en la Carta de San Francisco, pero por el principio teórico de las competencias implícitas, se desarrollan otras competencias que no están recogidas en la Carta; como por ejemplo, la protección del medio ambiente, que se intenta poner en relación con la cooperación al desarrollo. Así como aquellas llamadas a defender los derechos de sus funcionarios.
5. Propósitos y Principios de O.N.U.
Los propósitos se identifican con los objetivos y fines que relata el artículo primero de la Carta de las Naciones Unidas:
1. Mantenimiento de la paz y Seguridad internacional.Todos los demás están relacionados directamente con este, ya que son medidas preventivas para conseguir el mantenimiento de la paz y evitar conflictos armados.
2. Fomento de las relaciones amistosas entre los Estados.
3. Desarrollar la cooperación internacional para subsanar los problemas económicos, sociales y culturales. Donde existan estos problemas se pueden producir conflictos armados.
4. Fomentar el respeto a los derechos Humanos.
5. Servir de foro donde se puede llevar a cabo medidas preventivas.
Los principios son las reglas por medio de las cuales la ONU tiende a conseguir sus propósitos. Antes, estos principios, solamente estaban recogidos en el artículo segundo de la Carta, pero posteriormente fueron ampliados y desarrollados por la resolución 2625 (XXV) de 1970.Dichos principios se consideran principios rectores del derecho internacional, principios que deben ser respetados por todos los países (normas de derecho impositivo), no admiten derogación ni modificación por parte de los Estados. Esta "seriedad" le viene a dar, en definitiva, una cierta cohesión al ordenamiento internacional.
a. Principio de PROHIBICIÓN de la amenaza o el uso de la fuerza armada contra la independencia política e integridad territorial de los Estados. Arreglo pacífico de controversias.
b. Principio de NO INTERVENCIÓN en los asuntos internos de los Estados.
c. Deber de COOPERACIÓN entre los Estados.
d. Principio de la libre AUTODETERMINACIÓN de los pueblos.
e. IGUALDAD soberana de todos los Estados Cumplimiento de buena fe de las obligaciones internacionales.
f. PROTECCIÓN de los derechos humanos.
g. AUTORIDAD sobre Estados no miembros.
6. Los Estados miembros y su "estatus" jurídico
Los "miembros" de Naciones Unidas sólo pueden ser ESTADOS. Actualmente la componen 185, presumiendo de estar abierta a todos (vocación universal).
El "estatus" jurídico de Estado miembro significa, que en la ONU se le aplican los derechos y obligaciones de la Carta de San Francisco.
En 1945 Naciones Unidas tenía 51 Estados; España se adhirió en 1955 (se consideró que el régimen franquista era aliado del fascista). En los años 60 se "disparó" el proceso de descolonización y se produjo una adhesión masiva (Estados de Asia e África).
En 1973 se adhirieron las dos Alemanias (RFA y RDA); los cambios producidos en algunos países, como la URSS, han ido posibilitando el ingreso de nuevos Estados (Estonia, Letonia) —El último Estado, que se adhirió fue la Isla de Palaos, en Diciembre de 1994.
La Sociedad internacional de la posguerra se ha universalizado. Realmente se ha hecho mucho más diversa, heterogénea y plural, pero la división entre países ricos y pobres sigue existiendo, y no sólo eso, sino que parece acentuarse: Una cosa es clara, no existe un tercer mundo único, no hay por qué "meter" a todos en un mismo saco. Países como Singapur, China ó el Golfo Pérsico son muy distintos de Ruanda, Zaire, Chad, etc... Existen múltiples categorías e infinidad de subdivisiones.
La ausencia más notable de la ONU es Suiza, que no puede ser miembro de la misma debido a su estatuto de Estado neutralizado, ya que hay determinados artículos de la Carta (Capítulo VI) que dan lugar a la creación de una fuerza internacional para resolver un conflicto.Que no sea un miembro activo, no significa que no coopere con la ONU; Ginebra es una importante subsede de la misma.
A efectos de procedimientos, se diferencia entre los Estados fundadores y los Estados admitidos; ambos gozan de los mismos derechos y de las mismas obligaciones.
Requisitos
El artículo 4 de la Carta de San Francisco, establece los requisitos (sustantivos y procedimentales) para ser miembro, aunque se puede decir, que la ONU no ha sido muy rigurosa en ellos:
a. SUSTANTIVOS
1. Se requiere que sea un Estado que tenga los 4 elementos constitutivos.Se excluyen las Organizaciones Internacionales, ONG's, etc... Pero en este punto no se ha sido totalmente estricto, puesto que la URSS pidió que se admitiera a dos países que en ese momento no eran estados: Ucrania y Bielorusia.
2. Ser un Estado amante de la Paz.
3. Que el candidato se comprometa a aceptar las obligaciones dimanantes de la Carta de San Francisco.
a. PROCEDIMENTALES:
1. El Estado manda una solicitud a la ONU.
2. El Consejo de Seguridad manda una "recomendación" que es vinculante y preceptiva.
3. Posteriormente se debe aprobar por mayoría en la Asamblea General.
· El art. 5 de la Carta prevé la suspensión de los derechos y privilegios a un Estado miembro, cuando este incumpla las obligaciones dimanantes de la Carta.Este precepto nunca se ha aplicado a ningún Estado miembro.
· El art. 6 de la Carta prevé la expulsión de un Estado miembro si ha violado de forma continuada los principios de la Carta de San Francisco. Este art. tampoco se ha aplicado nunca.
En estos casos se ha preferido "castigar" de otra manera antes de proceder con la suspensión o expulsión. Es mejor tratar con los rebeldes dentro de la organización, que no fuera. Nunca se han aplicado medidas sancionadoras, pese a que no han faltado motivos (Sudáfrica).
Lo que sí se ha producido es la retirada "voluntaria" de Naciones Unidas, y que no se encuentrs estipulada en la Carta (es el caso de Indonesia).
· Para los Estados NO MIEMBROS: organizaciones internacionales, UE ó OLP, se establece un cierto estatuto de observador (sin voto), pero que le da derecho a asistir a las sesiones e incluso a ser oídos.

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